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  4. Capítulo 84

Partida 84.52

Nota Explicativa por Importaciones …, 22 Julio, 2024
6 minutos
12 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

84.52 Máquinas de coser, excepto las de coser pliegos de la partida 84.40; muebles, basamentos y tapas o cubiertas especialmente diseñados para máquinas de coser; agujas para máquinas de coser

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
84.52Máquinas de coser, excepto las de coser pliegos de la partida 84.40; muebles, basamentos y tapas o cubiertas especialmente diseñados para máquinas de coser; agujas para máquinas de coser. 
8452.10- Máquinas de coser domésticas: 
8452.10.10- - Cabezas de máquinasu
8452.10.20- - Máquinasu
 - Las demás máquinas de coser: 
8452.21.00- - Unidades automáticasu
8452.29.00- - Las demásu
8452.30.00- Agujas para máquinas de coserkg
8452.90- Muebles, basamentos y tapas o cubiertas para máquinas de coser, y sus partes; las demás partes para máquinas de coser: 
8452.90.10- - Muebles, basamentos y tapas o cubiertas para máquinas de coser, y sus partesu
8452.90.90- - Las demás partes para máquinas de coseru

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A. MAQUINAS DE COSER

Esta partida comprende todas las máquinas o cabezas de máquinas que, por el juego de una aguja móvil, unen por costura dos o más elementos de tejido, cuero, papel, etc., con excepción de las máquinas de coser con hilados textiles para encuadernación (partida 84.40). Quedan clasificadas aquí las máquinas que, además del trabajo de costura, puedan realizar puntos puramente decorativos, tales como efectos de bordado, pero no las máquinas especiales exclusivamente diseñadas para bordar (incluidas las máquinas para sacar los hilos y sujetar los calados), que se clasifican en la partida 84.47. Las máquinas de coser pliegos se clasifican en la partida 84.40 y los telares para tejido cosido de napas de fibras textiles, así como las demás máquinas y telares de cosido por cadeneta en la partida 84.47.

Salvo el caso en que realicen ciertos puntos de bordado (semicadeneta), estas máquinas ejecutan generalmente los puntos de costura por medio de dos hilos distintos, de los que uno se introduce por medio de la aguja a través del soporte (tejido, papel, etc.), mientras que el otro se liga con el primero por debajo del soporte, mediante el juego de una canillera móvil. Las máquinas de coser están constituidas generalmente por un mecanismo con una sola aguja y una sola canillera (máquinas de una cabeza), pero algunos modelos tienen varias cabezas que permiten ejecutar simultáneamente pespuntes dobles, triples, etc.

Están igualmente comprendidas aquí las máquinas de coser eléctricas, accionadas por un motor eléctrico incorporado a la cabeza, aunque sean de tipo doméstico.

Además de las máquinas de coser comunes, utilizadas tanto en los trabajos domésticos como para la confección de ropa (sastres, costureras, etc.), esta partida comprende igualmente las máquinas industriales exclusivamente diseñadas para ejecutar ciertos trabajos especiales de costura; entre estas últimas, se pueden citar:

  1. Las máquinas de coser especiales para las industrias del cuero: calzado (máquinas de coser las viras, las suelas, las cañas, etc.), guantería, marroquinería, etc.
  2. Las máquinas para ribetear los ojales, que llevan a veces un dispositivo para cortarlos.
  3. Las máquinas para coser botones.
  4. Las máquinas para coser sombreros de paja.
  5. Las máquinas para coser y sobrehilar los forros de peletería.
  6. Las máquinas para cerrar sacos llenos por costura (sacos de harina, de cemento, etc.); se trata generalmente de máquinas colgadas y sin canillera.
  7. Las máquinas para zurcir los sacos rasgados.
  8. Las máquinas para fabricar sacos y las máquinas para ribetear colchas, alfombras, tapices, etc.
  9. Las máquinas de cosido-bordado y las máquinas festoneadoras, que realizan puntos de cadeneta y similares para sujetar los bordes de colchas, festones, etc.
  10. Las remallosas para coser borde a borde y malla por malla los artículos de punto.

Algunos tipos de máquinas comprendidas aquí pueden ejecutar, además del trabajo de costura, otros diversos trabajos comunes, tales como cortar, dentar, perforar, o plisar los tejidos, cuero, papel, etc.

B. MUEBLES, BASAMENTOS Y TAPAS O CUBIERTAS PARA MAQUINAS DE COSER

Se clasifican en esta partida, aunque se presenten aisladamente, los muebles (armarios, mesas, etc.) especialmente diseñados y preparados para alojar o soportar las máquinas de coser, incluso si, con la máquina recogida, pueden utilizarse como muebles. También se incluyen las partes de dichos muebles (cajones, prolongadores, etc.), los basamentos y las tapas o cubiertas. Por el contrario, los cofres destinados esencialmente a la protección o al transporte de las máquinas de coser siguen su propio régimen cuando se presenten aisladamente.

C. AGUJAS PARA MAQUINAS DE COSER

Se clasifican aquí no sólo las agujas para las máquinas de la presente partida, sino también para las máquinas de encuadernar de la partida 84.40 e incluso de ciertas máquinas de bordar de la partida 84.47, siempre que sean del mismo tipo que las agujas para máquinas de coser, que se caracterizan por la presencia de un ojo cerca de la punta, en la mayoría de los casos.

PARTES

Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección), están igualmente comprendidas aquí las partes de máquinas de coser de esta partida, tales como chasis y canilleras, pero no las canillas, que siguen el régimen de la materia constitutiva.


Las máquinas de coser para el entretenimiento de los niños se clasifican en la partida 95.03.

Notas de Subpartidas

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Subpartida Arancelaria 8452.10

La subpartida 8452.10 comprende las máquinas de coser y las cabezas de máquinas de coser, del tipo mencionado a continuación, que puedan hacer por lo menos el pespunte (punto de lanzadera):

  1. máquinas accionadas a mano o con pedal;
  2. máquinas con motor eléctrico con una potencia de salida inferior o igual a 120 vatios;
  3. máquinas de motor presentadas sin el motor, en las que el peso de la cabeza de la máquina sea inferior o igual a 16 kg.

Están igualmente comprendidas en esta subpartida las máquinas de coser llamadas “rebatidoras” o “sobrehiladoras” con motor eléctrico de una potencia de salida inferior o igual a 120 vatios, que utilizan tres, cuatro o cinco guiahilos y las cabezas de máquinas de coser, similares por su montaje y sus prestaciones a las máquinas anteriormente descritas, que cosen puntos distintos del pespunte o punto de lanzadera, pero que están concebidas para trabajos domésticos sin poder rebasar generalmente una velocidad de costura de 1,500 puntos por minuto.

Se clasifican igualmente en esta subpartida las máquinas de coser accionadas a mano, con pilas, que cosen puntos de cadeneta con un solo hilo.

Sin embargo, esta subpartida no comprende las máquinas de coser que sólo realizan operaciones determinadas, como ojales o cierre de sacos llenos.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Subpartida Arancelaria 8452.10.11 y 8452.10.19

Máquinas de coser que hagan solo pespunte, con un cabezal de peso inferior o igual a 16 kg sin motor o a 17 kg con motor; cabezales de máquinas de coser que hagan solo pespunte y con un peso inferior o igual a 16 kg sin motor o a 17 kg con motor

1. Estas subpartidas comprenden las máquinas de coser y los cabezales de máquinas de coser que respondan a las dos características siguientes:

  1. deben realizar únicamente pespunte (punto de lanzadera), es decir, ejecutar los puntos de costura (punto derecho, punto zigzag, punto decorativo) por medio de dos hilos distintos, uno de ellos introducido por la aguja a través del soporte (tejido, papel, etc.), mientras que el otro se une al primero bajo el soporte por el juego de una canillera móvil;
  2. el cabezal debe pesar 16 kilogramos como máximo, sin motor, o 17 kilogramos con motor. En el caso de un cabezal incompleto considerado como completo —Regla general 2 a) para la interpretación de la nomenclatura combinada— se tomará en cuenta el peso del cabezal completo.

2. Por cabezal de máquina de coser se entenderá el conjunto mecánico de la máquina (incluido en su caso, el motor incorporado o fijado al cabezal). Un cabezal de máquina de coser se compone esencialmente de un brazo que lleva el mecanismo de movimiento de la aguja y de una base con los mecanismos de la canillera y del corretelas y eventualmente de un dispositivo para elevar el presatelas. No forma parte del cabezal, por ejemplo, el basamento, la mesa, el mueble (incluido el pedal), ni el cofre.

3. Cabe observar, sin embargo, que en algunas máquinas de coser portátiles, la base está concebida para servir también de soporte. En este caso, se trata de una máquina de coser y no de un cabezal.

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 29 Diciembre, 2025
Español
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