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  4. Capítulo 55

Partida 55.01

Nota Explicativa por Importaciones …, 19 Julio, 2024
2 minutos
178 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

55.01 Cables de filamentos sintéticos

Índice de contenidos
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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
55.01Cables de filamentos sintéticos. 
 - De nailon o demás poliamidas: 
5501.11.00- - De aramidaskg
5501.19.00- - Los demáskg
5501.20.00- De poliéstereskg
5501.30- Acrílicos o modacrílicos: 
5501.30.10- - Obtenidos por extrusión húmedakg
5501.30.90- - Los demáskg
5501.40.00- De polipropilenokg
5501.90.00- Los demáskg

Subpartidas Arancelarias

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Fracciones arancelarias de productos en la Partida 55.01

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La fabricación de estos cables se describe en las Consideraciones Generales de este Capítulo. Sin embargo, sólo se clasifican en esta partida los cables que reúnan las condiciones siguientes (véase la Nota 1 del Capítulo):

  1. Longitud superior a 2 m.
  2. Sin torsión o con torsión inferior a 5 vueltas por metro.
  3. Título unitario de los filamentos inferior a 67 decitex.
  4. Los cables deben presentarse estirados, es decir, que no se puedan alargar en una proporción superior al 100% de su longitud.
  5. Título total del cable superior a 20.000 decitex.

La condición prevista en el apartado D) tiene por finalidad asegurarse de que los cables están realmente preparados para convertirlos en fibras discontinuas. Después de la hilatura, los filamentos sintéticos tienen la estructura insuficientemente orientada; para conferirles las propiedades requeridas, es preciso estirarlos con objeto de orientar sus moléculas. Los cables estirados conservan siempre cierta elasticidad, pero se rompen normalmente mucho antes de ser alargados el 100% de su primitiva longitud. En cambio, los cables que no han sido estirados después de su fabricación se pueden alargar, sin romperse, hasta tres o cuatro veces su longitud.

Los cables de esta partida se utilizan normalmente en la fabricación de fibras sintéticas discontinuas. Para ello se les somete a uno de los procedimientos siguientes:

  1. Seccionamiento en fibras cortas y transformación en cintas, mechas e hilados por procedimientos de hilatura semejantes a los del algodón o la lana.
  2. Transformación en cintas de preparación (tops) por el procedimiento llamado en inglés tow-to-top (véase la Nota Explicativa de la partida 55.06).

Se excluyen de esta partida:

  1. Los conjuntos de filamentos sintéticos sin estirar que reúnan las condiciones previstas en los apartados A), B) y C) anteriores, cualquiera que sea el titulo total, o de filamentos sintéticos estirados con un título inferior o igual a 20.000 decitex (partida 54.02).
  2. Los conjuntos de filamentos sintéticos con título unitario superior o igual a 67 decitex, sin torcer o con torsión inferior a cinco vueltas por metro, estén o no estirados, cualquiera que sea el título total (partida 54.04, cuando la mayor dimensión del corte transversal sea inferior o igual a 1 mm y Capítulo 39, en caso contrario).
  3. Los cables de filamentos sintéticos que, aunque reúnan las condiciones previstas en los anteriores apartados B) y C), tengan una longitud inferior o igual a 2 m, estén o no estirados, y cualquiera que sea el título total (partida 55.03).
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 28 Junio, 2025
Español
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