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  3. Sección XVI
  4. Capítulo 85

Partida 85.16

Nota Explicativa por Importaciones …, 22 Julio, 2024
10 minutos
37 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

85.16 Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
85.16Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión; aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos; aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello (por ejemplo: secadores, rizadores, calientatenacillas) o para secar las manos; planchas eléctricas; los demás aparatos electrotérmicos de uso doméstico; resistencias calentadoras, excepto las de la partida 85.45. 
8516.10.00- Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersiónu
 - Aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos: 
8516.21.00- - Radiadores de acumulaciónu
8516.29- - Los demás: 
8516.29.10- - - Estufasu
8516.29.90- - - Los demásu
 - Aparatos electrotérmicos para el cuidado del cabello o para secar las manos: 
8516.31.00- - Secadores para el cabellou
8516.32.00- - Los demás aparatos para el cuidado del cabellou
8516.33.00- - Aparatos para secar las manosu
8516.40.00- Planchas eléctricasu
8516.50.00- Hornos de microondasu
8516.60- Los demás hornos; cocinas, hornillos (incluidas las mesas de cocción), parrillas y asadores: 
8516.60.10- - Hornosu
8516.60.20- - Cocinasu
8516.60.30- - Hornillos, parrillas y asadoresu
 - Los demás aparatos electrotérmicos: 
8516.71.00- - Aparatos para la preparación de café o téu
8516.72.00- - Tostadoras de panu
8516.79.00- - Los demásu
8516.80.00- Resistencias calentadorasu
8516.90.00- Partesu

Subpartidas Arancelarias

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Código Arancelario Denominación comercial
8516.21.00.00 Estufa termo radiador - TRM-905D
8516.21.00.00 Estufa termo radiador - TRM-704
8516.79.00.00 Sandwichera grill
8516.79.00.00 Popcornera
8516.79.00.00 Cava de vinos termoeléctrica
8516.79.00.00 Cápsula Photon Jet
8516.29.10.00 Estufa termo ventilador - ETM-39
8516.10.00.00 Dispensador de agua
8516.60.10.00 Horno y microondas de pared de 30'
8516.29.90.00 Ventilador estufa - VEM-1039

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Nota Explicativa

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A. CALENTADORES ELECTRICOS DE AGUA DE CALENTAMIENTO INSTANTANEO O ACUMULACION Y CALENTADORES ELECTRICOS DE INMERSION

Entre los diversos aparatos de este grupo, se pueden citar:

  1. Los calentadores de agua llamados instantáneos, que elevan rápidamente la temperatura del agua al grado deseado por contacto directo con las fundas que contienen las resistencias.
  2. Los calentadores de agua de acumulación, incluso a presión, que son depósitos calorífugos que contienen, generalmente colocadas en una funda estanca, resistencias calentadoras sumergidas. En estos aparatos, el agua se calienta progresivamente.
  3. Los calentadores de agua mixtos, que permiten la combinación del calentamiento eléctrico con otro procedimiento de calentamiento, tal como la calefacción central, principalmente. Estos aparatos suelen tener un termostato que conecta el calentamiento eléctrico cuando el del otro aparato es deficiente.
  4. Los calentadores de agua de electrodos, en los que por medio de electrodos pasa una corriente alterna a través del agua.
  5. Los calentadores eléctricos de inmersión que pueden revestir diversas formas según su empleo, se utilizan para el calentamiento por inmersión de materias líquidas, pastosas (distintas a las sólidas) o gaseosas. Estos aparatos se sumergen normalmente en tanques o depósitos. Se utilizan igualmente en cazos, tazas, barreños, etc., provistos a menudo de un mango aislado térmicamente y de un gancho que permite suspenderlos al borde del recipiente.

Tienen una funda protectora blindada que es altamente resistente a los esfuerzos mecánicos y estanca para las materias líquidas, pastosas (distintas a las sólidas) y gaseosas. El hilo que forma la resistencia, se asegura en la funda por medio de un polvo (normalmente óxido de magnesio), con buenas cualidades dieléctricas y térmicas, que así mismo actúa también como aislamiento eléctrico.

Los conjuntos formados por estos elementos montados de forma permanente en tanques, depósitos, etc., corresponden a la partida 84.19 salvo que constituyan un aparato de uso doméstico o estén concebidos únicamente para calentar agua, en cuyo caso quedan clasificados en esta partida. Los calentadores solares de agua también se clasifican en la partida 84.19.

6) Los aparatos eléctricos para producir agua hirviendo.

Las calderas eléctricas para calefacción central se clasifican en la partida 84.03.

B. APARATOS ELECTRICOS PARA LA CALEFACCION DE ESPACIOS O SUELOS

Forman parte principalmente de este grupo:

  1. Los aparatos eléctricos de calefacción por acumulación, en los que los elementos calentadores actúan sobre una masa sólida (por ejemplo, ladrillos) o un líquido que acumula el calor producido y lo restituye posteriormente, según se desee, a la atmósfera ambiente.
  2. Los radiadores en los que el calor se irradia directamente de los elementos calentadores, o bien más especialmente, para los aparatos portátiles, por un reflector parabólico y a veces, un ventilador incorporado. Algunos aparatos, que adoptan la forma de estufas y llevan lámparas de colores u otros dispositivos para dar la impresión de fuego de madera o de carbón, se llaman chimeneas luminosas.
  3. Los radiadores de circulación de líquido, en los que los elementos calentadores actúan sobre un líquido circulante (por ejemplo, aceite) que irradia el calor a la atmósfera ambiente.
  4. Los radiadores por convección, que provocan la circulación de aire caliente, acelerada a veces por un ventilador auxiliar. Algunos, a temperatura relativamente baja, se llaman radiadores oscuros.
  5. Los paneles calentadores, diseñados para empotrarlos, por ejemplo, en las paredes o fijarlos al techo, incluidos los de rayos infrarrojos de las terrazas de cafés, calles, etc.
  6. Los aparatos, excepto los eliminadores de escarcha o de vaho, para la calefacción de automóviles, coches de ferrocarril, aviones, etc.
  7. Los aparatos para calefacción de carreteras, con objeto de evitar la formación de hielo, o del suelo para acelerar el crecimiento de las plantas, cuyos elementos se entierran generalmente en el suelo.
  8. Los aparatos que se colocan bajo el motor de los automóviles para facilitar el arranque.

Las calderas eléctricas para calefacción central se clasifican en la partida 84.03.

C. APARATOS ELECTROTERMICOS PARA EL CUIDADO DEL CABELLO O PARA SECAR LAS MANOS

Son principalmente:

  1. Los secadores eléctricos para el cabello; tienen un puño-pistola o se presentan en forma de cascos.
  2. Los aparatos eléctricos para rizar, tales como las tenacillas con elementos calentadores o los bigudíes eléctricos.
  3. Los calentadores de tenacillas para rizar.
  4. Los aparatos para secar las manos.

D. PLANCHAS ELECTRICAS

Están comprendidas aquí las planchas de todas las clases para usos domésticos, para sastres, costureras, etc., incluidas las planchas sin cable, que constan de una plancha propiamente dicha que tiene un elemento calentador y un soporte en el que reposa periódicamente la plancha para hacer contacto entre el elemento calentador y la toma de corriente, así como las planchas eléctricas de vapor, ya estén provistas de depósito de agua incorporado o haya que unirlas a un conducto de vapor.

E. LOS DEMAS APARATOS ELECTROTERMICOS DE USO DOMESTICO

Se entenderá por aparatos electrotérmicos de uso doméstico los normalmente utilizados en los hogares. Algunos de ellos (por ejemplo, calentadores de agua, aparatos para la calefacción de locales, aparatos para secar el cabello y planchas) se han examinado anteriormente con los aparatos industriales correspondientes. Entre otros se pueden citar:

  1. Los hornos de microondas.
  2. Los demás hornos y las cocinas, hornillos (incluidas las mesas de cocción), parrillas y asadores (por ejemplo, aparatos de resistencia, de convección, de rayos infrarrojos o de inducción de alta frecuencia y los aparatos mixtos de gas y electricidad).
  3. Los aparatos para la preparación de café o de té (por ejemplo, las cafeteras).
  4. Los tostadores de pan, incluidos los hornos para tostar pan que puedan también cocer productos alimenticios de pequeñas dimensiones, tales como las papas (patatas).
  5. Los hervidores, ollas a presión, autococedores, cacerolas, cazos, baños María, recipientes de doble pared para calentar leche o sopas y artículos similares.
  6. Los aparatos para hacer creps (crêpes).
  7. Los aparatos para hacer obleas y “gaufres” o barquillos.
  8. Los calientaplatos y los calentadores de alimentos.
  9. Las sartenes y freidoras.
  10. Los aparatos para tostar café.
  11. Los calienta-biberones.
  12. Las yogurteras y aparatos para hacer queso.
  13. Los aparatos de esterilización para preparar conservas.
  14. Los aparatos para la elaboración de palomitas.
  15. Los aparatos para secar la cara y aparatos similares.
  16. Las saunas faciales que incorporan una máscara sobre la que se vaporiza el agua para el tratamiento de la piel y de la cara.
  17. Los aparatos para secar las toallas y los toalleros calentados.
  18. Los aparatos para calentar la cama.
  19. Los pebeteros y calentadores para difundir insecticidas.
  20. Las lavadoras sin dispositivos mecánicos.

Se excluyen de esta partida:

  1. Las mantas, cojines, calentapiés y artículos similares calentados eléctricamente, así como las prendas de vestir, calzado, cubreorejas y otros artículos calentados eléctricamente que se llevan sobre la persona, que siguen su propio régimen (Nota 1 del Capítulo).
  2. Las calandrias de planchar de cilindros (partida 84.20), las máquinas de planchar las prendas por prensado y las máquinas de planchar lencería (partida 84.51).
  3. Las cafeteras de mostrador, las fuentes calentadoras de té o café, las freidoras y cacerolas utilizadas, por ejemplo, en la industria conservera, los restaurantes, las colectividades o por comerciantes de frituras, y demás aparatos electrotérmicos que no se utilizan normalmente en los hogares (partida 84.19, etc.).
  4. Los hornos y aparatos industriales de microondas (por ejemplo, los hornos de microondas de los tipos utilizados en restaurantes) (partida 85.14).
  5. Los aparatos que tengan el carácter de muebles, tales como los armarios calentadores para artículos alimenticios o para la ropa, mesas con ruedas para calentar, etc. (Capítulo 94).
  6. Los encendedores de cigarrillos, encendedores para el gas y artículos similares (partida 96.13).

F. RESISTENCIAS CALENTADORAS

Con excepción de las de carbón aglomerado o de grafito de la partida 85.45, todas las resistencias eléctricas calentadoras presentadas aisladamente se clasifican en esta partida, sin tener en cuenta la clasificación del aparato o dispositivo al que se destinen.

Estas resistencias consisten esencialmente en placas, barras, varillas, alambres (generalmente en espiral), etc., que tienen la propiedad de alcanzar una temperatura elevada cuando pasa por ellas una corriente eléctrica, pudiendo utilizarse, por ejemplo, aleaciones metálicas especiales o composiciones a base de carburo de silicio. Pueden obtenerse en forma de componentes individuales por un procedimiento de impresión.

Las resistencias constituidas por un alambre están montadas generalmente en un soporte de materia aislante (por ejemplo: cerámica, esteatita, mica o plásticos) o sobre un núcleo de materia aislante flexible (por ejemplo, de fibra de vidrio o de amianto). Cuando no está montado en un soporte o un núcleo, el alambre sólo se clasifica aquí, si se presenta cortado en longitudes determinadas y en espiral o conformado de forma que sea reconocible como elemento de resistencia calentadora. El mismo criterio es válido para las placas, barras o varillas que, para clasificarlas en esta partida, deben constituir resistencias listas para el uso.

Las resistencias se clasifican aquí, incluso si están especialmente destinadas a una máquina determinada. Sin embargo, cuando están montadas en partes de máquinas distintas de un simple soporte y con conexiones eléctricas, se consideran partes de máquinas; tal es el caso, por ejemplo, de la placa de las planchas o de las cocinas eléctricas.

También se excluyen de esta partida los eliminadores de escarcha y de vaho, que consisten en una resistencia eléctrica fijada en un marco para montar en el parabrisas (partida 85.12).

PARTES

Salvo lo dispuesto con carácter general respecto a la clasificación de partes (véanse las Consideraciones Generales de la Sección XVI), están igualmente comprendidas aquí las partes de las máquinas o aparatos de esta partida.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Subpartidas Arancelarias 8516.10.11 y 8516.10.80

Calentadores eléctricos de agua de calentamiento instantáneo o acumulación y calentadores eléctricos de inmersión

Estas subpartidas comprenden, por ejemplo:

  1. los calentadores de agua que funcionan al mismo tiempo como calentadores instantáneos y como calentadores de acumulación;
  2. las calderas eléctricas que producen únicamente agua caliente, o bien, al mismo tiempo, agua caliente y vapor a baja presión.

Se excluyen de estas subpartidas las calderas de vapor y las calderas llamadas de «agua sobrecalentada», de calentamiento eléctrico (partida 84.02) y las calderas eléctricas para calefacción central (partida 84.03).

Subpartidas Arancelarias 8516.21.00 a 8516.29.99

Aparatos eléctricos para calefacción de espacios o suelos

Se clasifican, por ejemplo, en estas subpartidas:

  1. los aparatos eléctricos para saunas;
  2. los aparatos eléctricos de pilas para calentar y descongelar las cerraduras de las puertas de los vehículos automóviles por medio de una varilla calentadora que se introduce en la cerradura. Estos pequeños aparatitos portátiles pueden tener incorporada una lámpara portátil (linterna), de la partida 85.13, para alumbrar el campo de acción.

Subpartida Arancelaria 8516.50.00

Hornos de microondas

Véase la nota explicativa de la subpartida 8514.20.80.

Subpartida Arancelaria 8516.60.10

Cocinas

Las cocinas se componen de una encimera y de un horno (incluso con dispositivo microondas o parrilla).

Subpartida Arancelaria 8516.79.70

Los demás

Además de los aparatos descritos en las notas explicativas del SA, partida 85.16, parte E, apartados 5 a 20, se clasifican, por ejemplo, en esta subpartida:

  1. las saunas con radiadores de rayos infrarrojos (cabinas individuales para transpirar);
  2. las placas calentadoras para los pies;
  3. las hormas calentadoras eléctricas para secar o precalentar el calzado;
  4. los aparatos para la limpieza de las lentes de contacto. Estos aparatos consisten en dos pequeños alveolos calentados eléctricamente, con tapadera roscada, para colocar las lentes de contacto y para calentar el detergente líquido.

Subpartidas Arancelarias 8516.80.20 y 8516.80.80

Resistencias calentadoras

Se clasifican igualmente en estas subpartidas, los alambres, cables, cintas, calentadores y artículos similares, aislados, para la calefacción de techos, paredes, canalizaciones, recipientes, etc.

Por el contrario, se excluyen de estas subpartidas las resistencias calentadoras unidas a partes de aparatos, por ejemplo, las placas para planchas y las placas para cocinas eléctricas (subpartida 8516.90.00).

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 28 Junio, 2025
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