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  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección XI
  4. Capítulo 63
  5. Subcapítulo I

Partida 63.06

Nota Explicativa por Importaciones …, 20 Julio, 2024
4 minutos
34 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

63.06 Toldos de cualquier clase; tiendas (carpas, incluidos los pabellones («gazebos», templetes)* temporales y artículos similares); velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres; artículos de acampar

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
 I. LOS DEMÁS ARTÍCULOS TEXTILES CONFECCIONADOS 
63.06Toldos de cualquier clase; tiendas (carpas, incluidos los pabellones («gazebos», templetes)* temporales y artículos similares); velas para embarcaciones, deslizadores o vehículos terrestres; artículos de acampar. 
 - Toldos de cualquier clase: 
6306.12.00- - De fibras sintéticasu
6306.19- - De las demás materias textiles: 
6306.19.10- - - De algodónu
6306.19.90- - - Las demásu
 - Tiendas (carpas, incluidos los pabellones («gazebos», templetes) temporales y artículos similares): 
6306.22.00- - De fibras sintéticasu
6306.29.00- - De las demás materias textilesu
6306.30.00- Velasu
6306.40.00- Colchones neumáticosu
6306.90- Los demás: 
6306.90.10- - De algodónu
6306.90.90- - De las demás materias textilesu

Subpartidas Arancelarias

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Esta partida comprende toda una gama de artículos textiles, generalmente de tejido, que tienen como característica común estar confeccionados normalmente con telas resistentes y de textura apretada.

1) Los toldos son artículos destinados a proteger de la intemperie las mercancías depositadas a cielo abierto o cargadas en barcos, vagones, camiones, etc. Se fabrican generalmente con tejidos de materias sintéticas o artificiales, recubiertos o no, o con telas de cáñamo, yute, lino o algodón, relativamente gruesas. Estas últimas se impermeabilizan habitualmente y se tratan con alquitrán, productos químicos, etc., para hacerlas imputrescibles. Los toldos tienen generalmente la forma de piezas rectangulares hechas uniendo, por costura, trozos de tela cortados en determinadas dimensiones. Los bordes están dobladillados y frecuentemente provistos de ojetes, cuerdas, correas, etc. Los toldos cortados en formas especiales para cubrir las muelas de heno, el puente de pequeñas embarcaciones, o para constituir el techo de camiones, etc., permanecen clasificados aquí siempre que la confección sea plana.

Los toldos no deben confundirse con las fundas confeccionadas en formas de toldos, que se adapten al relieve de los objetos que van a recubrir (motores, automóviles, máquinas, etc.), ni con las telas de protección de tejidos ligeros confeccionados planos como los toldos (partida 63.07).

2) Las velas para embarcaciones (por ejemplo: de veleros, yates, barcas de pesca o embarcaciones de deporte), así como las velas para deslizadores de vela o para carros de vela, que son piezas realizadas con productos textiles muy resistentes (por ejemplo, de hilados de alta tenacidad de materias textiles sintéticas o artificiales), cortadas en forma especial, dobladilladas y generalmente con ojetes o cualquier otro dispositivo de sujeción.

3) Los toldos de exterior (toldos para tiendas, cafés, balcones) son artículos de protección contra el sol, generalmente de lona resistente lisa o rayada, que se extienden por encima de las aceras, balcones, etc. Pueden ser, por ejemplo, de forma rectangular y estar diseñados para enrollarlos en un mandril, o bien tensos entre herrajes que se pliegan como un compás. Permanecen clasificados aquí aunque se presenten con los herrajes (es el caso de determinados toldos de ventana).

4) Las tiendas son refugios confeccionados con tejidos más o menos gruesos o incluso ligeros, de fibras sintéticas o artificiales, de algodón o de tejidos mezclados, recubiertos, revestidos, estratificados o no, o bien de lona. Están constituidas habitualmente por un tejado (simple o doble) y paredes (simples o dobles) que permiten formar un recinto cerrado. Esta partida comprende tanto las grandes tiendas de ferias (por ejemplo, tiendas de circos), como las tiendas para militares, para acampar, incluidas las portátiles y las de playa, etc. Se clasifican en esta partida aunque se presenten con los mástiles, piquetas, tensores o accesorios de la misma clase.

La palabra tienda se extiende igualmente a los tejadillos para caravanas que se presentan en forma de una tienda. Estos productos se fabrican generalmente con tejidos de fibras sintéticas o artificiales muy resistentes o con lona. Se componen habitualmente de tres paredes y un tejado y se colocan contra la caravana con objeto de aumentar el espacio habitable.

Los quitasoles-tienda de la partida 66.01 se excluyen de esta partida.

5) Entre los artículos de acampar, se pueden citar los cubos para agua, cubetas y palanganas, las lonas para cubrir el suelo, los colchones, almohadas y cojines neumáticos, excepto los de la partida 40.16, las hamacas (excepto las de la partida 56.08).

Se excluyen además de esta partida:

  1. Los sacos de campamento, sacos militares y continentes similares (partida 42.02).
  2. Los sacos de dormir, colchones, almohadas y cojines rellenos (partida 94.04).
  3. Las tiendas (carpas) de juguete que usan los niños tanto en casa como al aire libre (partida 95.03).

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Subpartida Arancelaria 6306.90.00

Los demás

Esta subpartida comprende los artículos de acampar, tales como como las sillas inflables de tejido, los sillones inflables de tejido y artículos similares, diseñados en general para llevar consigo a diferentes lugares (por ejemplo, terrenos de acampada, la playa, etc.) y ser utilizados de forma temporal. Debido a sus características objetivas, estos artículos inflables son de fácil transporte, ya que son ligeros, además de fáciles y rápidos de montar y empaquetar.

Véase también la nota explicativa del capítulo 94 de la NC.

Ejemplos de algunos de estos artículos inflables:

sillon inflable
cama inflable
cama inflable
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 29 Diciembre, 2025
Español
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  • Partida 63.07

Índice libro

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  • Sección VIII
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  • Sección X
  • Sección XI
    • Capítulo 50
    • Capítulo 51
    • Capítulo 52
    • Capítulo 53
    • Capítulo 54
    • Capítulo 55
    • Capítulo 56
    • Capítulo 57
    • Capítulo 58
    • Capítulo 59
    • Capítulo 60
    • Capítulo 61
    • Capítulo 62
    • Capítulo 63
      • Subcapítulo I
        • Partida 63.01
        • Partida 63.02
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        • Partida 63.05
        • Partida 63.06
        • Partida 63.07
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