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  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección VIII
  4. Capítulo 41

Partida 41.03

Nota Explicativa por Importaciones …, 19 Julio, 2024
2 minutos
1 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

41.03 Los demás cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por las Notas 1 b) o 1 c) de este Capítulo

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
41.03Los demás cueros y pieles en bruto (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos, excepto los excluidos por las Notas 1 b) o 1 c) de este Capítulo. 
4103.20.00- De reptilkg
4103.30.00- De porcinokg
4103.90.00- Los demáskg

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Esta partida comprende:

A) Todos los cueros y pieles en bruto depilados, excepto los de las partidas 41.01 o 41.02. Están comprendidas aquí las pieles de aves sin las plumas ni el plumón y las pieles de pescado, de reptiles y las pieles depiladas de cabra, cabritilla y cabrito (incluidos los del Yemen, de Mongolia o del Tíbet).

B) Los cueros y pieles en bruto sin depilar únicamente de los animales siguientes:

  1. Cabras, cabritillas y cabritos (excepto los del Yemen, de Mongolia o del Tíbet).
  2. Porcinos, incluido el pecarí.
  3. Gamuzas, gacelas, camellos y dromedarios.
  4. Alces, renos, ciervos y otros cérvidos.
  5. Perros.

Estos cueros y pieles en bruto pueden estar frescos (verdes) o conservados provisionalmente por salado, secado, encalado, piquelado o cualquier otro método para prevenir la putrefacción a corto plazo (véase la Nota Explicativa de la partida 41.01). Pueden también haberse limpiado, dividido, raspado, o pueden haber sufrido un curtido (incluido el precurtido) reversible, pero no deben estar apergaminados ni curtidos (ni siquiera parcialmente) ni preparados de otra forma.

Se excluyen de esta partida:

  1. Las pieles comestibles sin cocer de animales (Capítulo 02) o de pescado (Capítulo 03). Cuando están cocidas, estas pieles se clasifican en el Capítulo 16.
  2. Los recortes y desperdicios similares de cueros y pieles en bruto (partida 05.11).
  3. Las pieles y parte de pieles de aves, con las plumas o el plumón, de las partidas 05.05 ó 67.01.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Subpartida Arancelaria 4103.20.00

De reptil

Esta subpartida comprende principalmente las pieles de pitón, boas, cocodrilos, caimanes, iguanas, gaviales y lagartos.

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Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 28 Junio, 2025
Español
Enlaces transversales de Book para Partida 41.03
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  • Partida 41.04

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  • Sección VIII
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