Pasar al contenido principal
Inicio

Navegación principal

  • Directorio
    • Agentes de Aduana
    • Agentes de Carga
    • Empresas de Paquetería
    • Registro
  • Recursos
    • Blog
    • Calculadoras
    • Diccionario
    • Ediciones
    • Normativas
  • Sistema Armonizado
    • Reglas Interpretativas
    • Notas Explicativas
    • Subpartidas Arancelarias
    • Informes Técnicos
    • Tablas Correlación
  • Tienda
    • App
    • Campus
    • Contacto
    • Cursos
    • Servicios
Menú de cuenta de usuario
  • Iniciar sesión

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Ruta de navegación

  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección VIII
  4. Capítulo 41

Partida 41.01

Nota Explicativa por Importaciones …, 19 Julio, 2024
4 minutos
3 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

41.01 Cueros y pieles en bruto, de bovino (incluido el búfalo) o de equino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos

Índice de contenidos
suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar
CódigoDesignación de la MercancíaU.F
41.01Cueros y pieles en bruto, de bovino (incluido el búfalo) o de equino (frescos o salados, secos, encalados, piquelados o conservados de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma), incluso depilados o divididos. 
4101.20.00- Cueros y pieles enteros, sin dividir, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modokg
4101.50.00- Cueros y pieles enteros, de peso unitario superior a 16 kgkg
4101.90.00- Los demás, incluidos los crupones, medios crupones y faldaskg

Subpartidas Arancelarias

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Nota Explicativa

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Esta partida comprende los cueros y pieles en bruto (incluso depilados) de bovino (incluido el búfalo) (es decir, los animales de la partida 01.02, véase la Nota Explicativa de dicha partida) o de equinos (caballos, mulos, asnos, cebras, etc.).

Estos cueros y pieles en bruto pueden estar frescos (verdes) o conservados provisionalmente por salado, secado, encalado, piquelado o cualquier otro método para prevenir la putrefacción a corto plazo. Pueden también haberse limpiado, dividido, raspado, o pueden haber sufrido un curtido (incluido el precurtido) reversible, pero no deben estar apergaminados ni curtidos (ni siquiera parcialmente) ni preparados de otra forma.

Los cueros y pieles pueden salarse en seco o con salmuera. En el salado en seco, se añaden a veces otras materias para evitar la formación de manchas. En la India, en particular, se añade a veces un recubrimiento a base de tierra arcillosa que contiene sulfato de sodio.

Los cueros y pieles pueden secarse directamente o después de saladas. Antes del secado o durante el secado, suelen tratarse con insecticidas, desinfectantes o preparaciones similares.

El encalado de los cueros y pieles se efectúa por inmersión en una lechada de cal o por recubrimiento con una pasta a base de cal. La cal facilita el depilado de los cueros y pieles y asegura al mismo tiempo la conservación.

El piquelado de los cueros y pieles consiste en sumergirlas en disoluciones muy diluidas de ácido clorhídrico, de ácido sulfúrico o de otros productos químicos con sal. Este procedimiento permite conservar los cueros y pieles.

Se excluyen de esta partida:

  1. Las pieles comestibles de animales sin cocer (partidas 02.06 o 02.10). (Cuando están cocidas, estas pieles se clasifican en la partida 16.02.)
  2. Los recortes y desperdicios similares de cueros y pieles en bruto (partida 05.11).

Notas de Subpartidas

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Subpartida Arancelaria 4101.20

La subpartida 4101.20 no comprende los cueros y pieles divididos.

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Subpartidas Arancelarias 4101.20.10 a 4101.20.80

Cueros y pieles enteros, sin dividir, de peso unitario inferior o igual a 8 kg para los secos, a 10 kg para los salados secos y a 16 kg para los frescos, salados verdes (húmedos) o conservados de otro modo

Los cueros y pieles de estas subpartidas se consideran enteros, aunque la cabeza y las patas se hayan separado; por el contrario, no pueden haberse dividido, es decir, cortado en dos o más capas en el sentido del espesor.

Subpartida Arancelaria 4101.20.10

Frescos

Se clasifican en esta subpartida los cueros y pieles simplemente separados del animal. Los cueros y pieles refrigerados están igualmente incluidos en esta subpartida.

Subpartida Arancelaria 4101.20.30

Salados verdes (húmedos)

Se clasifican en esta subpartida los cueros y pieles que han sido protegidos de la putrefacción por simple salado.

Subpartida Arancelaria 4101.20.50

Secos o salados secos

Se clasifican en esta subpartida los cueros y pieles secos (conservados simplemente por secado, incluso con adición de antisépticos) y los cueros y pieles salados secos.

Subpartida Arancelaria 4101.20.80

Los demás

Se clasifican en esta subpartida los cueros y pieles encalados (empapados en una lechada de cal o recubiertos de un revestimiento a base de cal), los cueros y pieles piquelados (empapados en disoluciones muy diluidas de ácido clorhídrico, de ácido sulfúrico o de otros productos químicos y sal) y los cueros y pieles conservados de otro modo.

Subpartida Arancelaria 4101.50.10 a 4101.50.90

Cueros y pieles, enteros, de peso unitario superior a 16 kg

Véanse las notas explicativas de las subpartidas 4101.20.10 a 4101.20.80.

Subpartida Arancelaria 4101.50.10

Frescos

Véase la nota explicativa de la subpartida 4101.20.10.

Subpartida Arancelaria 4101.50.30

Salados verdes (húmedos)

Véase la nota explicativa de la subpartida 4101.20.30.

Subpartida Arancelaria 4101.50.50

Secos o salados secos

Véase la nota explicativa de la subpartida 4101.20.50.

Subpartida Arancelaria 4101.50.90

Los demás

Véase la nota explicativa de la subpartida 4101.20.80.

Subpartida Arancelaria 4101.90.00

Los demás, incluidos los crupones, medios crupones y faldas

El crupón corresponde a la zona del lomo y la parte trasera o culata; es la parte más gruesa y resistente del cuero o de la piel y, por tanto, la más valiosa.

El medio crupón se obtiene dividiendo el crupón en dos, siguiendo la línea del lomo.

Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 28 Junio, 2025
Español
Enlaces transversales de Book para Partida 41.01
  • Capítulo 41
  • Arriba
  • Partida 41.02

Índice libro

  • Sección I
  • Sección II
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
    • Capítulo 41
      • Partida 41.01
      • Partida 41.02
      • Partida 41.03
      • Partida 41.04
      • Partida 41.05
      • Partida 41.06
      • Partida 41.07
      • Partida 41.08
      • Partida 41.09
      • Partida 41.10
      • Partida 41.11
      • Partida 41.12
      • Partida 41.13
      • Partida 41.14
      • Partida 41.15
    • Capítulo 42
    • Capítulo 43
  • Sección IX
  • Sección X
  • Sección XI
  • Sección XII
  • Sección XIII
  • Sección XIV
  • Sección XV
  • Sección XVI
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Sección XIX
  • Sección XX
  • Sección XXI

Contenido reciente

  • Ecuador abre la puerta a inversión privada en el campo Sacha para impulsar la producción petrolera
    11 Junio, 2026
  • Cooperación internacional en seguridad marítima: formación especializada contra el narcotráfico en el marco de EUFORT-EC y SEACOP
    11 Junio, 2026
  • Subida del petróleo y crisis de combustibles en Ecuador: más ingresos por exportaciones, pero mayor presión por importaciones y subsidios
    11 Junio, 2026
  • Producción petrolera en Sacha-Bloque 60 impulsa la economía del Ecuador: impacto en exportaciones, ingresos fiscales y empleo
    11 Junio, 2026
  • Reforma ministerial en Ecuador: cómo la reducción de ministerios puede impactar la competitividad, la inversión y el comercio internacional
    11 Junio, 2026
  • Ingresos de los hogares ecuatorianos limitan el consumo de productos importados, según datos del INEC
    11 Junio, 2026
  • Reducción temporal del ICE podría impulsar la importación de bebidas alcohólicas en Ecuador durante el Mundial 2026
    11 Junio, 2026
  • Exportación de vehículos y autopartes desde Ecuador: el nuevo desafío de la industria automotriz nacional
    2 Junio, 2026
  • Ecuador descarta devolver los USD 121 millones recaudados por la tasa de seguridad aplicada a productos colombianos
    2 Junio, 2026
  • La palma aceitera en Ecuador busca nuevos mercados tras la crisis con Colombia y apuesta por el biodiésel
    29 Mayo, 2026
  • Ecuador elimina la tasa de seguridad a productos colombianos y abre una nueva etapa en la relación comercial con Colombia
    29 Mayo, 2026
  • Compromiso Regional de Santiago: una apuesta de Ecuador para fortalecer su imagen internacional y atraer inversiones
    29 Mayo, 2026
  • La tasa de seguridad declarada ilegal por la CAN abre la puerta a millonarias devoluciones en Ecuador
    29 Mayo, 2026
  • Inversión inmobiliaria en Ecuador: el sector que gana protagonismo en la economía y atrae capital extranjero
    29 Mayo, 2026
  • Reapertura del catastro minero en Ecuador: impacto en la exportación de materiales de construcción y debate ambiental
    29 Mayo, 2026
  • Compra pública de arroz en Ecuador: una estrategia para estabilizar el mercado y proteger a los productores
    29 Mayo, 2026
  • Agricultura orgánica en Ecuador: un modelo productivo con impacto económico y proyección internacional
    29 Mayo, 2026
  • Frutas exóticas de Ecuador conquistan Europa: pitahaya, maracuyá y guanábana impulsan exportaciones
    29 Mayo, 2026
  • Importación de medicamentos desde India a Ecuador: impacto en el sistema de salud, regulación y abastecimiento
    29 Mayo, 2026
  • La industria del reciclaje y exportación de chatarra gana fuerza en Ecuador
    29 Mayo, 2026
0

Categorías

  • Clasificación Arancelaria
  • Documentos de Acompañamiento
  • Documentos de Soporte
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Legislación Aduanera
  • Operaciones internacionales
  • Obligación Tributaria
  • Valoración Aduanera
  • Actualidad
  • Procesos administrativos

Contenido

  • Derecho Internacional
  • Despacho Aduanero
  • Impuestos Aduaneros
  • Incoterms
  • Merceología
  • Operaciones Aduaneras
  • Operadores de Comercio Exterior
  • Organismos de Comercio Internacional
  • Regímenes Aduaneros
  • Transacciones Financieras
  • Tránsito Internacional
Importaciones Ecuador© 2020 - 2026 | Desarrollado por Jaime Mise