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  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección V
  4. Capítulo 27

Partida 27.12

Nota Explicativa por Importaciones …, 18 Julio, 2024
6 minutos
8 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

27.12 Vaselina; parafina, cera de petróleo microcristalina, «slack wax», ozoquerita, cera de lignito, cera de turba, demás ceras minerales y productos similares obtenidos por síntesis o por otros procedimientos, incluso coloreados

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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
27.12Vaselina; parafina, cera de petróleo microcristalina, «slack wax», ozoquerita, cera de lignito, cera de turba, demás ceras minerales y productos similares obtenidos por síntesis o por otros procedimientos, incluso coloreados. 
2712.10- Vaselina: 
2712.10.10- - En brutokg
2712.10.90- - Las demáskg
2712.20.00- Parafina con un contenido de aceite inferior al 0,75 % en pesokg
2712.90- Los demás: 
2712.90.10- - Cera de petróleo microcristalinakg
2712.90.20- - Ozoquerita y ceresinakg
2712.90.30- - Parafina con un contenido de aceite superior o igual a 0,75 % en pesokg
2712.90.90- - Los demáskg

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Nota Explicativa

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A) Vaselina:

La vaselina es una sustancia untuosa de color blanco amarillento o pardo oscuro, que se obtiene a partir de residuos de la destilación de ciertos aceites crudos de petróleo o por mezcla de aceites de petróleo de viscosidad bastante elevada con tales residuos o también por mezcla de parafina o ceresina con un aceite de petróleo suficientemente refinado. Esta partida comprende tanto la vaselina en bruto (llamada a veces petrolatum) como la vaselina decolorada o purificada. Se incluye igualmente en esta partida la vaselina obtenida por síntesis.

Para que se clasifique en esta partida, la vaselina debe tener un punto de solidificación, determinado por el método del termómetro giratorio (ASTM D 938), superior o igual a 30 °C, una densidad a 70 °C inferior a 0.942 g/cm3, una penetración trabajada al cono a 25 °C, determinada según la norma ASTM D 217[*], inferior a 350, una penetración al cono a 25 °C, determinada según la norma ASTM D 937, superior o igual a 80.

Sin embargo. esta partida no comprende la vaselina apta para el cuidado de la piel y acondicionada para la venta al por menor para el citado uso (partida 33.04).

B) Parafina, cera de petróleo microcristalina, “slack wax”, ozoquerita, cera de lignito, cera de turba, demás ceras minerales y productos similares obtenidos por síntesis o por otros procedimientos, incluso coloreados.

La parafina está constituida por mezclas de hidrocarburos extraídos de ciertos productos de la destilación de aceites de petróleo o de mineral bituminoso. Es una sustancia translúcida, blanca o amarillenta, de estructura cristalina bastante marcada.

La cera de petróleo microcristalina es una cera compuesta por hidrocarburos. Se extrae de los residuos del petróleo o de las fracciones de aceites de engrase destilados en vacío. Es más opaca que la parafina y de estructura cristalina más fina y menos aparente. Su punto de fusión es normalmente más elevado que el de la parafina. Su consistencia puede variar entre blanda y plástica y dura y quebradiza, con color que varía del blanco al amarillento o pardo oscuro.

La ozoquerita (cera mineral, cera de Moldavia o parafina nativa) es una cera mineral natural; purificada se conoce con el nombre de ceresina.

La cera de lignito (conocida también con el nombre de cera de Montana), así como el producto llamado brea de cera de lignito, son mezclas de ésteres extraídos de los lignitos bituminosos. En bruto, estos productos son duros y de color oscuro; después del refinado pueden ser blancos.

La cera de turba presenta caracteres físicos y químicos análogos a los de la cera de lignito pero es ligeramente más blanda.

Los residuos parafínicos (slack wax y scale wax) proceden del desparafinado de los aceites de engrase. Están menos refinados que la parafina y tienen un contenido de aceite más elevado. El color varía del blanco al pardo claro.

Esta partida comprende también productos análogos a la parafina o a los demás descritos anteriormente, obtenidos por síntesis o por cualquier otro procedimiento: por ejemplo, parafina y cera de petróleo sintéticas. Sin embargo, esta partida no comprende las ceras de altos polímeros, tales como la cera de polietileno, que se clasifican en la partida 34.04.

Todos estos productos están comprendidos en esta partida, tanto en bruto como refinados o mezclados entre sí o incluso coloreados. Se emplean principalmente para la fabricación de velas (velas de parafina), ceras, betunes para calzado o encáusticos, como materias aislantes, revestimientos protectores, apresto de tejidos, impregnación de fósforos (cerillas), etc.

Por el contrario, se clasifican en la partida 34.04:

a) Las ceras artificiales obtenidas modificando químicamente las ceras de lignito u otras ceras minerales.

b) Las mezclas sin emulsionar y sin disolvente constituidas por:

  1. Ceras y parafina de esta partida con ceras animales, espermaceti, ceras vegetales o ceras artificiales.
  2. Ceras y parafina de esta partida a las que se han agregado grasas, resinas, materias minerales u otras materias, cuando estas mezclas tengan la consistencia de cera.

[*] Cuando se trate de un producto demasiado duro para someterlo al ensayo de penetración trabajada al cono (ASTM D 217), se pasará directamente al ensayo de penetración al cono (ASTM D 937).

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Subpartidas Arancelarias 2712.10.10 y 2712.10.90

Vaselina

Véanse las notas explicativas del SA, partida 27.12, apartado A.

Véase también el esquema del apartado I de la nota explicativa de las subpartidas 2710.12.11 a 2710.19.99.

Subpartida Arancelaria 2712.10.10

En bruto

Véase la nota complementaria 3 de este capítulo.

Subpartidas Arancelarias 2712.20.10 y 2712.20.90

Parafina con un contenido de aceite inferior al 0,75 % en peso

Se clasifica en estas subpartidas la parafina descrita en las notas explicativas del SA, partida 27.12, apartado B, primer y séptimo párrafo.

Subpartidas Arancelarias 2712.90.11 y 2712.90.19

Ozoquerita, cera de lignito o de turba (productos naturales)

Se clasifican en estas subpartidas los productos descritos en las notas explicativas del SA, partida 27.12, párrafos tercero, cuarto y quinto del apartado B.

Hay que destacar que la ozoquerita (cera natural) es actualmente rara en el mercado (agotamiento de los yacimientos y pequeña rentabilidad de la explotación); las denominaciones de ozoquerita y ceresinas (ozoquerita refinada) se usan con frecuencia para las ceras de petróleo de las subpartidas 2712.90.31 a 2712.90.99.

Subpartidas Arancelarias 2712.90.31 a 2712.90.99

Los demás

Se clasifican en estas subpartidas los productos descritos en las notas explicativas del SA, partida 27.12, segundo, sexto y séptimo párrafos del apartado B, con exclusión de la parafina sintética de las subpartidas 2712.20.10 ó 2712.20.90.

Estos productos responden a los criterios siguientes:

  1. el punto de solidificación según la norma ASTM D 938, equivalente a la norma ISO 2207, no es inferior a 30 grados Celsius;
  2. la masa volúmica a 70 grados Celsius es inferior a 0,942 gramo por centímetro cúbico, según la norma EN ISO 12185;
  3. la penetración al cono a 25 grados Celsius, previo malaxado, es inferior a 350, según norma ASTM D 217, equivalente a la norma ISO 2137; y
  4. la penetración al cono a 25 grados Celsius es inferior a 80, según la norma ASTM D 937, equivalente a la norma ISO 2137.

Véase también el esquema del apartado I de la nota explicativa de las subpartidas 2710.12.11 a 2710.19.99.

Subpartidas Arancelarias 2712.90.31 a 2712.90.39

En bruto

Véase la nota complementaria 4 de este capítulo.

En relación con las subpartidas previstas para los productos que se destinen:

  • a un tratamiento definido,
  • a una transformación química,

véanse las notas complementarias 5 y 6 de este capítulo, así como las notas explicativas correspondientes.

Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 29 Diciembre, 2025
Español
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