Pasar al contenido principal
Inicio

Navegación principal

  • Directorio
    • Agentes de Aduana
    • Agentes de Carga
    • Empresas de Paquetería
    • Registro
  • Recursos
    • Blog
    • Calculadoras
    • Diccionario
    • Ediciones
    • Normativas
  • Sistema Armonizado
    • Reglas Interpretativas
    • Notas Explicativas
    • Subpartidas Arancelarias
    • Informes Técnicos
    • Tablas Correlación
  • Tienda
    • App
    • Campus
    • Contacto
    • Cursos
    • Depósitos
    • Membresías
    • Servicios
Menú de cuenta de usuario
  • Iniciar sesión

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Ruta de navegación

  1. Inicio
  2. Notas Explicativas del Sistema Armonizado
  3. Sección XIX
  4. Capítulo 93

Partida 93.06

Nota Explicativa por Importaciones …, 22 Julio, 2024
4 minutos
9 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

93.06 Bombas, granadas, torpedos, minas, misiles, cartuchos y demás municiones y proyectiles, y sus partes, incluidas las postas, perdigones y tacos para cartuchos

Índice de contenidos
suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar
CódigoDesignación de la MercancíaU.F
93.06Bombas, granadas, torpedos, minas, misiles, cartuchos y demás municiones y proyectiles, y sus partes, incluidas las postas, perdigones y tacos para cartuchos. 
 - Cartuchos para armas largas con cañón de ánima lisa y sus partes; balines para armas de aire comprimido: 
9306.21.00- - Cartuchosu
9306.29- - Los demás: 
9306.29.10- - - Balineskg
9306.29.90- - - Partesu
9306.30- Los demás cartuchos y sus partes: 
9306.30.20- - Cartuchos para «pistolas» de remachar o usos similares, para pistolas de matarifeu
9306.30.30- - Los demás cartuchosu
9306.30.90- - Partesu
9306.90- Los demás: 
 - - Municiones y proyectiles: 
9306.90.11- - - Para armas de guerrau
9306.90.12- - - Arpones para lanzaarponesu
9306.90.19- - - Los demásu
9306.90.90- - Partesu

Subpartidas Arancelarias

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Nota Explicativa

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Esta partida comprende:

A) Las municiones y, en especial:

  1. Las granadas (explosivas, de metralla, rompedoras, iluminadoras, trazadoras, incendiarias, fumígenas, etc.), así como los demás proyectiles para cañones y morteros.
  2. Cartuchos de cualquier tipo sin proyectil (incluidos los cartuchos para las herramientas de remachar o para motores de émbolo de encendido por compresión), con bala ordinaria, trazadoras, incendiarias, perforantes, con perdigones o postas para escopetas de caza, etc.
  3. Los balines de plomo (huecos, esféricos, en forma de diábolo, etc.), y las flechitas para escopetas y pistolas de muelle, de aire comprimido o de gas, excepto las municiones para armas de juguete de la partida 95.03.

B) Los misiles balísticos, cuya trayectoria recorta la superficie terrestre después de su primer apogeo, comunicando a la carga una velocidad inferior o igual a 7.000 m/s.

C) Los proyectiles que tienen sus propios medios de propulsión una vez lanzados, por ejemplo, los torpedos, las bombas volantes (proyectiles que poseen las características de artefactos volantes), y los cohetes de combate (incluso dirigidos).

D) Las demás municiones de guerra, por ejemplo, las minas terrestres y marinas, las cargas de profundidad, las granadas de mano o de fusil, las bombas de aviación.

E) Los arpones con cabeza explosiva o sin ella para cañones y fusiles lanzaarpones, etc.

F) Las partes de municiones, tales como:

  1. Los cuerpos de granadas, de minas, de bombas, de proyectiles para obuses y de torpedos.
  2. Las vainas y demás partes de cartuchos, tales como culotes (de latón), los refuerzos interiores (de metal o de cartón), los tacos (de fieltro, papel, corcho, etc.), etc.
  3. Los proyectiles, perdigones y postas de cualquier tipo y calibre.
  4. Las espoletas de cualquier tipo (de ojiva o de culote, a tiempo o instantáneas, radioespoletas de proximidad, etc.) para granadas, torpedos, etc., así como las partes de estas espoletas, incluidos los sombreretes de protección.
  5. Las partes mecánicas de ciertas municiones, tales como hélices o giroscopios especiales para torpedos.
  6. Los conos de choque y flotadores para torpedos.
  7. Los percutores, pasadores de seguridad, palancas y demás partes de granadas.
  8. Las aletas para bombas.

Se excluyen de esta partida:

  1. La pólvora propulsora y los explosivos preparados, incluso acondicionados en formas que permitan su empleo, tal como se presentan en las municiones (partidas 36.01 y 36.02), las mechas de seguridad y cordones detonantes, los cebos y cápsulas fulminantes, los inflamadores y detonadores eléctricos incluidos los cebos para granadas (partida 36.03).
  2. Los cohetes de señales y los cohetes granífugos (partida 36.04).
  3. Las cargas para extintores, así como las granadas y bombas extintoras (partida 38.13).
  4. Los motores de las partidas 84.11 y 84.12 para cohetes, torpedos y artefactos similares.
  5. Los aparatos de radio o de radar de la partida 85.26 (véase la Nota 2 del presente Capítulo).
  6. Los mecanismos de relojería para municiones o sus partes (para cohetes, principalmente) (partidas 91.08 a 91.10 y 91.14).

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

suscripcion premium
Suscripción Premium
Disfrute de contenido sin anuncios y funciones adicionales
Suscribirse
Anunciar

Subpartida Arancelaria 9306.21.00

Cartuchos

El cartucho es un conjunto constituido por el proyectil de un arma de fuego (perdigones o bala), por la vaina (o estuche) que contiene la carga y por el culote (de metal) que encierra la cápsula detonante.

Subpartida Arancelaria 9306.30.10

Para revólveres y pistolas de la partida 93.02 y para pistolas ametralladoras de la partida 93.01

Los cartuchos destinados a las armas que se clasifican en esta subpartida tienen la característica común de ser cortos y gruesos.

Se pueden enumerar las partes siguientes: vainas, incluso provistas de cápsula fulminante, fondos, culotes de latón, balas, etc. Las partes en esbozos o en bruto se clasifican también en esta partida.

Subpartida Arancelaria 9306.30.30

Para armas de guerra

Se clasifican en esta subpartida, entre otros, los cartuchos de fusil y de carabina (con exclusión de los cartuchos de prácticas y similares, sin pólvora, de la subpartida 9306.30.90) normales, de fogueo, con proyectil incendiario, perforador, etc.

Opens in a new window Opens in a new window Opens in a new window Opens in a new window
Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 29 Diciembre, 2025
Español
Enlaces transversales de Book para Partida 93.06
  • Partida 93.05
  • Arriba
  • Partida 93.07

Índice libro

  • Sección I
  • Sección II
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
  • Sección X
  • Sección XI
  • Sección XII
  • Sección XIII
  • Sección XIV
  • Sección XV
  • Sección XVI
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Sección XIX
    • Capítulo 93
      • Partida 93.01
      • Partida 93.02
      • Partida 93.03
      • Partida 93.04
      • Partida 93.05
      • Partida 93.06
      • Partida 93.07
  • Sección XX
  • Sección XXI

Contenido reciente

  • ASIA SHIPPING ECUADOR S.A.
    22 Octubre, 2026
  • Mercado de motos en Ecuador
    19 Octubre, 2026
  • Ecuador define su estrategia de inteligencia artificial
    19 Octubre, 2026
  • Quiport ampliará la terminal de carga del aeropuerto de Quito
    19 Octubre, 2026
  • Cómo exportar desde Ecuador
    19 Octubre, 2026
  • Ecuador entre Estados Unidos y China
    19 Octubre, 2026
  • Ecuador apuesta por la energía eólica privada
    19 Octubre, 2026
  • Superávit comercial cae 32 % y las importaciones se disparan
    19 Octubre, 2026
  • Ecuador exporta mango a 29 destinos
    16 Octubre, 2026
  • Fruta del Norte
    16 Octubre, 2026
  • Ecuador busca nuevos mercados para sus frutas en Estados Unidos
    16 Octubre, 2026
  • Espinoza Contreras Luis Gustavo
    16 Octubre, 2026
  • Enriquez Proaño Sofía Carolina
    16 Octubre, 2026
  • Enriquez Castillo Luis Humberto
    16 Octubre, 2026
  • EGBL AGENCIA DE ADUANAS
    16 Octubre, 2026
  • D&A DESPACHOS ADUANEROS- Díaz Rodríguez Miriam Luzdina
    16 Octubre, 2026
  • CADSA SERVICIO ADUANERO
    16 Octubre, 2026
  • Díaz Ana María
    16 Octubre, 2026
  • Delgado Rodríguez María Antonieta
    16 Octubre, 2026
  • Dañin Glarza Ricardo Andrés
    16 Octubre, 2026
0

Categorías

  • Clasificación Arancelaria
  • Regulación y Control
  • Trámites y Documentación
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Legislación Aduanera
  • Ilícitos e infracciones
  • Obligación Tributaria
  • Valoración Aduanera
  • Actualidad
  • Análisis y Estadísticas
  • Política Comercial
  • Economía e Inversión
  • Geopolítica
  • Transformación Digital
  • Cadena de Suministro
  • Infraestructura y Transporte

Contenido

  • Derecho Internacional
  • Despacho Aduanero
  • Impuestos Aduaneros
  • Incoterms
  • Merceología
  • Operaciones Aduaneras
  • Operadores de Comercio Exterior
  • Organismos de Comercio Internacional
  • Regímenes Aduaneros
  • Transacciones Financieras
  • Tránsito Internacional
Importaciones Ecuador© 2020 - 2026 | Desarrollado por Business Media