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  3. Sección IX
  4. Capítulo 44

Partida 44.07

Nota Explicativa por Importaciones …, 19 Julio, 2024
4 minutos
18 Vistas
Notas Explicativas
Clasificación Arancelaria

44.07 Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6 mm

Índice de contenidos
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CódigoDesignación de la MercancíaU.F
44.07Madera aserrada o desbastada longitudinalmente, cortada o desenrollada, incluso cepillada, lijada o unida por los extremos, de espesor superior a 6 mm. 
 - De coníferas: 
4407.11- - De pino (Pinus spp.): 
4407.11.10- - - Tablillas para fabricación de lápicesm3
4407.11.90- - - Las demásm3
4407.12.00- - De abeto (Abies spp.) y de pícea (Picea spp.)m3
4407.13.00- - De P-P-A («S-P-F») (pícea (Picea spp.), pino (Pinus spp.) y abeto (Abies spp.))m3
4407.14.00- - De «Hem-fir» (tsuga-abeto) (hemlock occidental (tsuga del pacífico) (Tsuga heterophylla) y abeto (Abies spp.))m3
4407.19- - Las demás: 
4407.19.10- - - Tablillas para fabricación de lápicesm3
4407.19.90- - - Las demásm3
 - De maderas tropicales: 
4407.21.00- - Mahogany (Swietenia spp.)m3
4407.22.00- - Virola, Imbuia y Balsam3
4407.23.00- - Tecam3
4407.25.00- - Dark Red Meranti, Light Red Meranti y Meranti Bakaum3
4407.26.00- - White Lauan, White Meranti, White Seraya, Yellow Meranti y Alanm3
4407.27.00- - Sapellim3
4407.28.00- - Irokom3
4407.29- - Las demás: 
4407.29.10- - - De ipé (cañahuate, ébano verde, lapacho, polvillo, roble morado, tahuari negro, tajibo) (Tabebuia spp.)m3
4407.29.90- - - Las demásm3
 - Las demás: 
4407.91.00- - De encina, roble, alcornoque y demás belloteros (Quercus spp.)m3
4407.92.00- - De haya (Fagus spp.)m3
4407.93.00- - De arce (Acer spp.)m3
4407.94.00- - De cerezo (Prunus spp.)m3
4407.95.00- - De fresno (Fraxinus spp.)m3
4407.96.00- - De abedul (Betula spp.)m3
4407.97.00- - De álamo (Populus spp.)m3
4407.99.00- - Las demásm3

Subpartidas Arancelarias

Exclusivo para usuarios premium

Fracciones arancelarias de productos en la Partida 44.07

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Nota Explicativa

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Esta partida comprende, salvo algunas excepciones, la madera aserrada o desbastada longitudinalmente, o bien cortada o desenrollada de espesor superior a 6 mm. Se presenta en forma de vigas, jácenas, tablones, planchas, tablas, chillas, listones, etc., y productos considerados como equivalentes a la madera aserrada que se obtienen con cepilladora–fresadora. Esta operación permite obtener dimensiones muy precisas y un aspecto de superficie mejor que el que se consigue por aserrado, lo que hace innecesario el cepillado posterior. Comprende también las hojas que resultan del cortado o desenrollado, así como las tablillas, bloques y frisos para revestir suelos, excepto las que están perfiladas a lo largo de los cantos, de las caras o de los extremos (partida 44.09).

Esta partida comprende también la madera que no tenga la sección cuadrada o rectangular, así como la que no sea de sección uniforme.

Puede también estar cepillada (aunque el ángulo formado por dos lados adyacentes se haya redondeado ligeramente durante esta operación), lijada o unida a tope, por ejemplo, por entalladuras múltiples (véase las Consideraciones Generales del Capítulo).

Se excluyen también de esta partida:

  1. La madera escuadrada, por ejemplo mediante un trabajo tosco con la sierra (partida 44.03).
  2. La madera en tablillas, láminas, cintas y similares (partida 44.04).
  3. La madera aserrada, cortada o desenrollada, incluidas las hojas para chapado y contrachapado, de espesor inferior o igual a 6 mm (partida 44.08).
  4. La madera perfilada a lo largo de uno o varios cantos, caras o extremos, de la partida 44.09.
  5. Las tablillas y frisos de madera (partida 44.12).
  6. Las obras de carpintería y las piezas de carpintería de armar para construcciones (partida 44.18).

Notas de la Nomenclatura Combinada de la Unión Europea

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Para la interpretación de los términos «cortada o desenrollada», véanse las notas explicativas del SA, partida 44.08, párrafos segundo y tercero.

Subpartida Arancelaria 4407.11.20 a 4407.12.20

Cepillada

Estas subpartidas no comprenden:

  1. la madera aserrada a la que se le han quitado ciertas asperezas por medio de un cepillado ligero que deja aún las huellas de la sierra (subpartidas 4407.11.90, 4407.12.90 a 4407.19.90);
  2. la madera aserrada longitudinalmente que no tenga huellas de la sierra teniendo en cuenta las particularidades de la propia madera y la evolución de las técnicas de trabajo de estas maderas. La ausencia de estas trazas es el resultado de un trabajo puramente accesorio en relación con el aserrado necesario por razones técnicas y cuyo objeto no es facilitar la utilización posterior de la madera haciendo desaparecer las huellas (subpartidas 4407.11.90, 4407.12.90 a 4407.19.90).

Subpartida Arancelaria 4407.19.20

Cepillada

Véase la nota explicativa de las subpartidas 4407.11.20 y 4407.12.20.

Subpartidas Arancelarias 4407.11.90 y 4407.12.90

Las demás

Estas subpartidas no comprenden los juegos completos de tablas de madera aserrada, cortada en hojas o desenrollada de más de 6 milímetros de espesor, destinados al ensamblado de cajas o jaulas. Estos juegos de tablas se clasifican en la partida 44.15, aunque le falten algunos elementos accesorios, tales como las piezas para reforzar las esquinas o las patas. Conviene a este respecto, remitirse a la nota explicativa de la partida 44.15.

Subpartida Arancelaria 4407.19.90

Las demás

Véase la nota explicativa de las subpartidas 4407.11.90 y 4407.12.90.

Subpartidas Arancelarias 4407.21.10 a 4407.29.98

De maderas tropicales

Véase asimismo la nota explicativa de subpartidas del SA relativa a los nombres de ciertas maderas tropicales, recogidas en las consideraciones generales de las notas explicativas del SA de este capítulo. Véase también el Anexo de las notas explicativas del SA de este capítulo.

Notas Explicativas del Sistema Armonizado
Actualizado el 29 Diciembre, 2025
Español
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Índice libro

  • Sección I
  • Sección II
  • Sección III
  • Sección IV
  • Sección V
  • Sección VI
  • Sección VII
  • Sección VIII
  • Sección IX
    • Capítulo 44
      • Partida 44.01
      • Partida 44.02
      • Partida 44.03
      • Partida 44.04
      • Partida 44.05
      • Partida 44.06
      • Partida 44.07
      • Partida 44.08
      • Partida 44.09
      • Partida 44.10
      • Partida 44.11
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      • Partida 44.13
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      • Partida 44.15
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      • Partida 44.19
      • Partida 44.20
      • Partida 44.21
    • Capítulo 45
    • Capítulo 46
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  • Sección XI
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  • Sección XIII
  • Sección XIV
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  • Sección XVI
  • Sección XVII
  • Sección XVIII
  • Sección XIX
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