Pasar al contenido principal
Inicio

Navegación principal

  • Directorio
    • Agentes de Aduana
    • Agentes de Carga
    • Empresas de Paquetería
    • Registro
  • Recursos
    • Blog
    • Calculadoras
    • Diccionario
    • Ediciones
    • Normativas
  • Sistema Armonizado
    • Reglas Interpretativas
    • Notas Explicativas
    • Subpartidas Arancelarias
    • Informes Técnicos
    • Tablas Correlación
  • Tienda
    • App
    • Campus
    • Contacto
    • Cursos
    • Servicios
Menú de cuenta de usuario
  • Iniciar sesión

Para Empresas

SUSCRIPCIÓN PREMIUM

Disfrute de contenidos sin anuncios y otras funciones adquiriendo una membresía Premium.

 

DIRECTORIO OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR

¿Es operador de comercio internacional? registre ahora su empresa, únicamente necesita completar el siguiente formulario.

Revise las versiones premium y las versiones estandar disponibles para la visualización de su empresa.

Para más información puede comunicarse con nosotros en el siguiente enlace.

Ruta de navegación

  1. Inicio
  2. Incoterms

Ex Works

Artículo por Jaime Mise, 11 Septiembre, 2024
6 minutos
50 Vistas
Incoterms
Operaciones internacionales
ex works incoterms
Índice de contenidos

La regla incoterms Incoterms Ex Works o Entrega en Fábrica es uno de los acuerdos más sencillos y básicos, asigna la mínima responsabilidad al vendedor y la mayor responsabilidad al comprador.

Aplicación del Incoterms EXW

Esta regla puede utilizarse con independencia del modo de transporte seleccionado y también puede usarse cuando se emplea más de un modo de transporte.

En una transacción en término Ex Works, el vendedor realiza la entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor o en otro lugar[1] designado, el comprador corre con todos los costos y riesgos que implica hacerse cargo de la mercancía desde el punto acordado, o en el lugar de entrega designado.

DESCARGAR DIAPOSITIVAS

Es muy recomendable que las partes especifiquen tan claramente como sea posible, el punto en el lugar de entrega designado, puesto que los costos y riesgos hasta dicho punto están a cargo del vendedor, el comprador asume todos los costos y riesgos que implica hacerse cargo de la mercancía desde el punto acordado, si lo hay, en el lugar de entrega designado.

El vendedor no tiene que cargar la mercancía en ningún vehículo de recogida, si el vendedor carga la mercancía a un vehículo de recogida, lo hace a riesgo y expensas del comprador.

El vendedor no tiene que despachar la mercancía para la exportación, cuando tal despacho sea aplicable.

El vendedor tiene la obligación de proporcionar al vendedor información y asistencia relacionada a la exportación de la mercancía.

EXW puede ser adecuado para los oficios domésticos, donde no hay intención en absoluto para exportar la mercancía, cuando el comprador tenga la intención de exportar la mercancía debería utilizar la regla FCA.

exw incoterms

Obligaciones de las Partes Incoterms EXW

VendedorComprador
OBLIGACIONES GENERALES
El vendedor debe suministrar la mercancía y la factura comercial de conformidad con el contrato de compraventa y cualquier otra prueba de conformidad que pueda exigir el contrato.El comprador debe pagar el precio de la mercancía según lo dispuesto en el contrato de compraventa.
ENTREGARECEPCIÓN

El vendedor debe entregar la mercancía:

  1. Poniéndola a disposición del comprador en el punto acordado, si lo hay, en el lugar de entrega designado, y no cargada en ningún vehículo de recogida.

Si no se ha acordado un punto específico en el lugar de entrega designado, y si hay varios puntos disponibles, el vendedor puede elegir el punto que mejor le convenga. 
El vendedor debe entregar la mercancía en la fecha acordada o dentro del plazo acordado.

El comprador debe proceder a la recepción de la mercancía cuando:

  1. El vendedor realice la entrega de la mercancía;
  2. El vendedor notifique la entrega.
TRANSMISIÓN DE RIESGOS
El vendedor corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía hasta que se haya realizado la entrega.El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde el momento en que se haya realizado la entrega.

Si:

  1. El comprador no avisa al vendedor, el momento para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar designado.

El comprador corre con todos los riesgos de pérdida o daño causados a la mercancía desde:

  1. La fecha acordada; o
  2. La fecha de expiración del plazo acordado para la entrega.

Siempre que la mercancía se haya identificado claramente como, los bienes objeto del contrato.

TRANSPORTE
El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de transporte. 
Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, riesgo y costo del comprador, toda la información en poder del vendedor, incluyendo los requisitos de seguridad relacionados con el transporte, que requiera el comprador para organizar el transporte.
Corresponde al comprador, arreglar el contrato de transporte, o en su propio costo, asumir el transporte de la mercancía desde el lugar de entrega.
SEGURO
El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador de formalizar un contrato de seguro. 
Sin embargo, el vendedor debe proporcionar al comprador, a petición, riesgo y costo del comprador, la información en poder del vendedor que el comprador requiera para obtener un seguro.
El comprador no tiene ninguna obligación ante el vendedor de formalizar un contrato de seguro.
DOCUMENTO DE ENTREGA / TRANSPORTEPRUEBA DE LA ENTREGA
El vendedor no tiene ninguna obligación ante el comprador.El comprador debe proporcionar al vendedor una prueba adecuada de haber procedido a la recepción de la mercancía.
EXPORTACIÓN / DESPACHO DE IMPORTACIÓN

Le corresponde al vendedor: 
Cuando sea aplicable, proporcionar ayuda al comprador, a petición, riesgo y costo del comprador, para obtener cualquier documento y/o información relacionada con:

  1. Tránsito;
  2. Trámites para el despacho de exportación;
  3. Trámites para el despacho de importación.

Requeridos por los países de exportación, tránsito e importación, tales como:

  1. Licencia de exportación, de tránsito, y de importación;
  2. Autorización de seguridad, para la exportación, para el tránsito, y para la importación;
  3. Inspección pre-envío; y/o
  4. Cualquier otra autorización oficial.

Le corresponde al comprador: 
Cuando sea aplicable, llevar a cabo y pagar todos los trámites de exportación, tránsito e importación, requeridos por los países de exportación, tránsito e importación, tales como:

  1. Licencia de exportación, de tránsito y de importación;
  2. Autorización de seguridad, para la exportación, para el tránsito, y para la importación;
  3. Inspección pre-envío; y/o
  4. Cualquier otra autorización oficial.
COMPROBACIÓN / ENVASADO / MARCADO

El vendedor: 
Debe:

  1. Pagar los costos de las operaciones de verificación (tales como la comprobación de la calidad, medidas, pesos o recuentos) necesarias al objeto de entregar la mercancía.

A sus propias expensas:

  1. Embalar la mercancía, a menos que sea usual para ese comercio en particular el transportar sin embalar el tipo de mercancía vendida;
  2. Embalar y marcar la mercancía de la manera apropiada para su transporte, a menos que las partes hayan acordado, en el embalaje específico o requisitos de marcado.
El comprador no tiene la obligación para el vendedor.
ASIGNACIÓN DE COSTOS
El vendedor debe pagar todos los gastos relativos a la mercancía hasta que se haya realizado la entrega.

El comprador debe pagar:

  1. Todos los gastos relativos a la mercancía desde el momento en que se haya realizado la entrega;
  2. Al vendedor, todos los costos y gastos en que haya incurrido el vendedor en la prestación de asistencia o información, para organizar el transporte, obtener un seguro, u obtener cualquier licencia o autorización oficial necesaria para la exportación, tránsito e importación;
  3. Cuando sea aplicable, todos los derechos, impuestos y demás gastos, así como los costos de llevar a cabo los trámites aduaneros de exportación; y
  4. Cualquier costo adicional contraído tanto, por no proceder a la recepción de la mercancía cuando se ha puesto a su disposición, como, por no dar aviso al vendedor de, el momento dentro de un plazo acordado y/o el punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar designado, siempre que la mercancía se haya identificado claramente como, los bienes objeto del contrato.
AVISOS
El vendedor debe dar al comprador todo aviso necesario que permita al comprador proceder a la recepción de la mercancía.

Siempre que se acordó, que el comprador está autorizado para determinar:

  1. El momento dentro de un plazo acordado; y/o
  2. El punto para proceder a la recepción de la mercancía en el lugar designado.

El comprador debe dar aviso suficiente de ello al vendedor.


[1] Taller, fábrica, almacén, entre otros lugares dentro de las instalaciones del vendedor.

Opens in a new window Opens in a new window Opens in a new window Opens in a new window
Actualizado el 11 Septiembre, 2024
Español

Contenido reciente

  • Estados Unidos excluye a más de la mitad de las exportaciones ecuatorianas del nuevo arancel del 10 %
    25 Julio, 2026
  • Precio del petróleo Brent favorece a Ecuador: Impacto en la economía, exportaciones e inflación
    25 Julio, 2026
  • Contaminación por plásticos en Ecuador: el impacto sobre la biodiversidad, los ríos y los ecosistemas del país
    25 Julio, 2026
  • Ecuador crea el Corredor de Conectividad Yasuní-Limoncocha-Cuyabeno para fortalecer la conservación de la Amazonía
    25 Julio, 2026
  • Guayaquil, el motor logístico del Ecuador: la ciudad que impulsa el comercio exterior y el desarrollo económico
    25 Julio, 2026
  • TLC entre Ecuador y Canadá impulsará las exportaciones con acceso libre de aranceles para el 99,6 % de la oferta exportable
    25 Julio, 2026
  • Ecuador reactiva las exportaciones de arroz a Colombia y espera superar las 50.000 toneladas en 2026
    25 Julio, 2026
  • Aranceles de Estados Unidos: Cómo afecta a Ecuador la nueva sobretasa del 10 % y por qué sigue siendo clave un Tratado de Libre Comercio
    24 Julio, 2026
  • TLC entre Ecuador y Canadá: Estos son los productos que tendrán arancel 0 % y cómo impactará el comercio bilateral
    24 Julio, 2026
  • El Niño vuelve a poner a prueba al agro ecuatoriano y la banca prepara medidas para proteger el crédito agrícola
    24 Julio, 2026
  • Informe de la ONU: por qué Ecuador se ha convertido en una ruta estratégica del narcotráfico internacional
    23 Julio, 2026
  • Estados Unidos aplicará un nuevo arancel del 10 % a productos de Ecuador: Estas son las razones y sus posibles efectos
    23 Julio, 2026
  • Colombia reanudará la venta de energía a Ecuador: Así funcionará el nuevo acuerdo de intercambio eléctrico
    23 Julio, 2026
  • BID destinará USD 7.500 millones a Ecuador para proyectos de seguridad, desarrollo e inversión
    21 Julio, 2026
  • Ecuador y Colombia impulsarán operaciones conjuntas contra el narcotráfico y el crimen organizado
    21 Julio, 2026
  • Ucrania apuesta por Ecuador como un socio estratégico para impulsar comercio, inversión y cooperación
    21 Julio, 2026
  • Human Rights Watch solicita revisar la cooperación en seguridad entre Estados Unidos y Ecuador
    21 Julio, 2026
  • Ecuador y Canadá firmarán un Tratado de Libre Comercio que impulsará las exportaciones y la inversión
    21 Julio, 2026
  • Ventas de vehículos eléctricos en Ecuador crecieron más del 260% durante el primer semestre de 2026
    21 Julio, 2026
  • Chevron demanda a Ecuador en EE. UU. para ejecutar un laudo arbitral de USD 224 millones
    21 Julio, 2026

Contenido Relacionado

dpu incoterms

Delivered At Place Unloaded

Artículo
11 Septiembre, 2024
7 minutos
47 Vistas
El término DPU incoterms, se aplica cuando el vendedor realiza la entrega de las mercancías poniéndolas a disposición del comprador descargadas en el lugar designado en destino, el comprador corre con todos los costos y riesgos que implica hacerse cargo de la mercancía desde ese punto en adelante.
  • Lee más sobre Delivered At Place Unloaded

Paginación

  • Página anterior
  • 2
0

Categorías

  • Clasificación Arancelaria
  • Documentos de Acompañamiento
  • Documentos de Soporte
  • Exportaciones
  • Importaciones
  • Legislación Aduanera
  • Operaciones internacionales
  • Obligación Tributaria
  • Valoración Aduanera
  • Actualidad
  • Procesos administrativos

Contenido

  • Derecho Internacional
  • Despacho Aduanero
  • Impuestos Aduaneros
  • Incoterms
  • Merceología
  • Operaciones Aduaneras
  • Operadores de Comercio Exterior
  • Organismos de Comercio Internacional
  • Regímenes Aduaneros
  • Transacciones Financieras
  • Tránsito Internacional
Importaciones Ecuador© 2020 - 2026 | Desarrollado por Jaime Mise